Procedimientos
Procedimientos
Están incluidas en este grupo aquellas obras de demolición de edificaciones existentes independientemente del estado en que se encuentren y de su uso, siempre que no estén protegidas por alguna normativa sectorial o por el PGOUB.
Junto con la solicitud se acompañarán al menos los siguientes documentos:
a) Fotografías, en su caso, en las que se pueda apreciar el carácter de la obra a derribar o demoler.
b) Proyecto redactado por técnico con atribuciones, debidamente visado por el colegio oficial, debiendo incluir al menos los servicios públicos que pudieran resultar afectados y las medidas provisionales a adoptar respecto a los mismos hasta su reposición. (dos copias, una de ellas se le entregará al solicitante una vez terminada la tramitación del expediente).
c) Estudio básico de seguridad y salud o Estudio de seguridad y salud, según tipo de construcción a demoler, redactado por técnico con atribuciones y visado por el colegio oficial. (una copia).
d) Nombramiento de la dirección facultativa completa: (una copia).
-Director de las obras.
-Director de la ejecución material de obras.
-Coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de las obras.
Los derribos se verificarán con sujeción al horario establecido por la Policía Local para la ejecución del mismo, debiendo solicitar el interesado la fijación del horario con una antelación de 72 horas.
Queda prohibido la utilización de explosivos, salvo en casos muy especiales, que necesitarán autorización específica.
Los materiales procedentes de derribos o de cualquier clase de obra se transportarán a vertedero autorizado en vehículos convenientemente dispuestos para evitar el desprendimiento de escombros, carga o polvo en el trayecto, a cuyo efecto deberán solicitar la pertinente autorización de la Sección de Medio Ambiente.
Queda prohibido arrojar escombros a la calle, siendo responsables de los daños que se produzcan el director técnico de las obras. Igualmente queda prohibido ocupar la vía pública con materiales y maquinarias que se empleen en la construcción salvo autorización expresa del Ayuntamiento lo que comportará el pago de la tasa de ocupación de vía pública.
En todo caso cuando se vaya a comenzar un derribo o vaciado importante el propietario tendrá obligación de comunicarlo en forma fehaciente, a los colindantes de las fincas, por si debe adoptarse alguna precaución especial.
| Dependencias donde se puede tramitar el procedimiento o servicio |
Urbanismo |



