Sustitución de sanciones económicas por trabajos comunitarios
Alcaldía

Sustitución de sanciones económicas por trabajos comunitarios

.

La ordenanza, presentada por el grupo municipal del Partido Popular, será de aplicación alternativa al cumplimiento de las sanciones económicas, en un 90 por ciento de su cuantía, que se impongan por infracción de la Ordenanza de Limpieza, la Ley sobre potestades administrativas en materia de ocio en los espacios abiertos (Ley Antibotellón), la Ley y el Reglamento de Circulación, y la Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Vía Pública, en el término municipal de Benalmádena.



Sólo podrán acogerse a la presente disposición las personas físicas entre 14 y 30 años, ambos incluidos, que cumplan con las siguientes condiciones: no haber sido sancionado en los doce meses anteriores a la fecha de la denuncia; no contar con ningún informe desfavorable por la sustitución de la multa en un expediente anterior; no tener pendiente, en ejecutiva, ninguna deuda con esta administración. No obstante, el equipo de Gobierno estudiará, a petición de la oposición, ampliar la franja de edad.



El sancionado podrá acogerse a la posibilidad de sustituir el pago del 90 por ciento de la multa. Para ello, deberá dirigir una solicitud al departamento de sanciones en el plazo máximo de 10 días hábiles, manifestando su voluntad. A dicho escrito deberá aportarse una copia del documento de identificación de personas físicas del solicitante, un teléfono de contacto y la autorización por escrito del padre, madre, o tutor, en caso de menores. La resolución se dictará en el plazo máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud.



La jornada de trabajo en beneficio de la comunidad tendrá una duración no inferior a cuatro horas diarias ni superior a seis, con un mínimo de una jornada y un máximo de 10 jornadas, y estará regida por un principio de programación y flexibilidad, para hacer compatible el normal desarrollo de las actividades diarias del obligado con el correcto cumplimiento de la misma.