El Ayuntamiento presenta el programa de adecuación funcional básica de viviendas
Delegación de bienestar social y familiar

El Ayuntamiento presenta el programa de adecuación funcional básica de viviendas

“Mediante este programa se podrán realizar las siguientes adaptaciones o mejoras: en la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante; en la instalación de alumbrado conmutado en el dormitorio u otro espacio de la vivienda que así lo requiera para su utilización por la persona solicitante; en la mejora de la seguridad y adecuación de la instalación de gas a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante, así como la dotación de elementos de fácil y segura manipulación, y en la adecuación del ancho de puerta, así como la eliminación de otras barreras arquitectónicas”, ha explicado el edil.



También se acogerá en los cuartos de baño, la instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros, y adecuación de los sanitarios y grifería a las necesidades de la persona solicitante. Colocación de pasamanos en pasillos, y otras obras y elementos de similar naturaleza que contribuyan a la eficaz adecuación de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.



Las personas que soliciten esta subvención no deberían haber recibido subvención de este mismo programa durante los últimos tres años. Podrán beneficiarse de la subvención, las personas que reúnan los siguientes requisitos: ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta 75 o tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 40% y movilidad reducida; que los ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no superen 2,5 veces el Indicador-Público de Renta de Efectos Múltiples, y residir, de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de las mejoras.



Una vez finalizadas las obras, en un plazo no superior a quince días, o en el plazo de seis meses desde el abono efectivo de la subvención, la persona beneficiaria de la subvención deberá presentar ante la Delegación Provincial correspondiente la factura completa y detallada acreditativa de la efectiva ejecución de los trabajos, -ajustándose a lo solicitado- así como, en su caso, factura de las asistencias técnicas y certificados.



“Desde Los Servicios Sociales Municipales le informarán detalladamente, le ayudarán a cumplimentar la solicitud y será donde podrá entregarla. A continuación se remitirán a la Consejería de Fomento y Vivienda (sita en c/ Compositor Lemhberg Ruiz, 18), ya que, la Junta de Andalucía es el órgano competente para emitir resolución”, ha indicado Salido.



“La demora en las resoluciones debido a la situación actual, junto con necesidad de inmediatez y la falta de liquidez de los solicitantes provoca una problemática que en la medida de lo posible se intenta subsanar desde nuestro Ayuntamiento”, ha destacado el concejal, que ha añadido que “actualmente desde la presentación hasta su resolución transcurre un plazo alrededor de 24 meses”.