El Ayuntamiento inicia las acciones para evitar situaciones de riesgo de incendio forestal
Delegación de medio ambiente

El Ayuntamiento inicia las acciones para evitar situaciones de riesgo de incendio forestal

La alcaldesa de Benalmádena, Paloma García Gálvez, ha firmado un bando municipal mediante el cual se ponen en marcha las acciones para evitar situaciones de riesgo de incendio forestal. Aunque la Junta de Andalucía prohíbe totalmente el uso del fuego desde el 1 de junio al 15 de octubre, el Ayuntamiento ha tomado medidas restrictivas anticipadas tendentes a disminuir los riesgos en las siguientes actividades: quema de vegetación natural y de residuos agrícolas y forestales y encendido de fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso y las zonas recreativas y de acampada, aún estando habitadas para ello.



“Estas normas no son aleatorias, sino que están dirigidas a reducir y evitar las actividades que producen incendios forestales, una lacra que cada verano afecta a miles de hectáreas forestales en Andalucía”, señala el documento suscrito por la regidora, que hace un llamamiento a “la colaboración y la responsabilidad de todos los vecinos para evitar que nuestro municipio se pueda ver afectado por los incendios”.



El bando establece que “las urbanizaciones, zonas de acampada e instalaciones o actividades situadas en el terreno forestal o en sus proximidades deberán contar con un Plan de Autoprotección, que se presentará en la Dirección de Emergencias del Ayuntamiento”. “Es necesario también que los vecinos tengan presente que durante todas las épocas del año no está permitido: arrojar o abandonar cerillas, colillas, cigarros y objetos de combustión, así como tampoco arrojar o abandonar sobre el terrero papeles, plásticos, vidrios o cualquier tipo de residuo o basura y, en general, material combustible o susceptible de originar un incendio”, recoge el texto.



Asimismo, el escrito destaca que “las actividades relacionadas con el lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego o puedan provocarlo requerirán la autorización expresa correspondiente, en la que se establecerán las medidas de seguridad que deban adoptarse”. “Los ciudadanos también deben conocer que los emplazamientos de aparatos de soldadura, grupos electrógenos, motores o equipos fijos de explosión o eléctricos, además de los transformadores eléctricos, deberán rodearse de un cortafuegos perimetral de una anchura mínima de cinco metros”, indica el documento.

“Con objeto de proteger a los vecinos, es necesario que los núcleos de población, edificaciones, instalaciones de carácter industrial y las urbanizaciones, cuenten con una faja de seguridad, de una anchura mínima de quince metros, libre de residuos, matorral y vegetación herbácea, pudiéndose mantener las formaciones arbóreas y arbustivas en la densidad, que en su caso se determine con el correspondiente Plan de Autoprotección”, recuerda el bando, que añade que “bajo las líneas eléctricas de baja y media tensión de propiedad particular deberá eliminarse la vegetación situada a una distancia inferior a dos metros”.