Igualdad impulsa el primer plan de igualdad para la Administración Local de  Benalmádena.
Delegación de igualdad

Igualdad impulsa el primer plan de igualdad para la Administración Local de Benalmádena.

La Concejalía de Igualdad y Mujer, en busca del cumplimiento del artículo 14 de la Constitución Española, promueve los trámites para la elaboración del Primer Plan de Igualdad de la Administración Local de Benalmádena, después de haber sido aprobada, por unanimidad de los concejales presentes, una moción del equipo de gobierno, en el pleno ordinario de junio, relativa a su elaboración y redacción.
Objeto de negociación con las representaciones sindicales, el Plan de Igualdad constituye un conjunto ordenado de medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendente a alcanzar en la empresa la igualdad de trato entre hombres y mujeres y a eliminar la discriminación por razón de sexo, estableciendo los objetivos concretos a alcanzar, las estrategias a adoptar para su consecución y los sistemas de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.
“Es evidente que una parte sustancial de los obstáculos subsistentes para el logro de la igualdad plena de oportunidades, en la práctica, se derivan esencialmente de la concepción tradicional de la división de los papeles entre hombres y mujeres en la sociedad”, ha argumentado Irene Díaz, concejala de Igualdad.
La moción plantea que, aunque en los últimos años se han observado cambios importantes en los modelos familiares y las relaciones entre hombres y mujeres ha evolucionado en el ámbito doméstico, también es cierto que la incorporación de las mejores al mundo del trabajo se ha dado en condiciones de desigualdad y discriminación , por lo que se hace necesaria una acción normativa dirigidas a corregir estas situaciones.
El Plan de Igualdad está respaldado por la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (articula medidas para combatir la discriminación por razón de sexo, promoviendo la igualdad real entre hombre y mujeres) que establece en su articulo 45.2 que las empresas de más de 250 trabajadores deberán elaborar un Plan de Igualdad que será objeto de negociación con la representación sindical. Además, el Estatuto Básico del Empleado Público señala la obligación de la Administraciones Públicas a respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral, debiendo elaborar y aplicar un Plan de Igualdad.
Por todo ello, la moción insta al área de Personal del Ayuntamiento para que, conjuntamente con la delegación de Igualdad y Mujer, inicie la tramitación pertinente para su elaboración, a partir de la constitución de una Comisión de Igualdad entre los representantes de los trabajadores y la Corporación para la negociación.
Asimismo, se insta a la realización de medidas formativas y de participación hábiles para la formalización del plan y recabar las informaciones que resulten necesarias para realizar el diagnóstico de la situación.
La moción establece que la elaboración del Plan de Igualdad no superará los seis meses.