CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN 'ARECRI'
EN LOS RECIBOS DEL EJERCICIO 2020 DE IBIU Y BASURA DOMÉSTICA
a) El titular del recibo deberá ser vecino y residir efectivamente en el municipio de Benalmádena en la fecha del devengo del impuesto.
b) Tanto el titular del recibo como los posibles cotitulares catastrales de la finca en cuestión deberán encontrarse al día en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento a 15 de marzo de 2020.
c) El objeto imponible al que se le aplicará la subvención será la vivienda habitual (que deberá tener uso catastral de vivienda). Si no constaran los datos sobre cuál es la vivienda habitual y hubiera varias por cadatitular, se considerará la de mayor valor catastral.
d) La subvención se aplicará en los mismos recibos de IBI y Basura doméstica.
e) La presentación de la renuncia a la subvención ARECRI en los recibos de IBI y Basura Doméstica se admitirá hasta el 30 de mayo de 2020.
Las subvenciones de ARECRI requerirán como requisito inexcusable estar al día en las deudas tributarias municipales. Se establece que la subvención de Ayuda a residentes en la crisis económica (ARECRI), no será de aplicación a aquellos contribuyentes cuyos recibos del IBIU y Basura Doméstica del ejercicio 2020, pasen a ejecutiva, cumpliéndose así el principio de anualidad en la aplicación de la subvención.