· Las bases contemplan tres líneas de subvenciones dirigidas a inquilinos con contratos vigentes, nuevos arrendatarios y propietarios que destinen sus viviendas al alquiler residencial de larga duración. La iniciativa ha salido adelante con los votos a favor de todos los grupos municipales y con la abstención de Izquierda Unida.
· Las ayudas previstas incluyen aportaciones de hasta 3.600 euros anuales para contratos existentes, subvenciones de dos o tres mensualidades para nuevos alquileres y la cobertura del seguro de impago para propietarios.
En el Pleno extraordinario del Ayuntamiento de Benalmádena se han aprobado definitivamente las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento del alquiler residencial, que establecen tres líneas de ayudas destinadas a facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda habitual, favorecer la incorporación de nuevos inmuebles al mercado del alquiler de larga duración y reducir el esfuerzo económico que supone el pago de la renta para los hogares.
El contenido de estas bases fue presentado previamente durante la celebración del Consejo Sectorial de Vivienda. La primera línea de subvenciones está destinada a inquilinos con contratos de alquiler vigentes, suscritos con anterioridad a la fecha de la correspondiente convocatoria. Las viviendas deberán estar situadas en Benalmádena, constituir la residencia habitual de los solicitantes y contar con contratos de larga duración, con un periodo inicial mínimo de 12 meses. Quedan excluidos los alquileres vacacionales o de temporada y se establece una renta máxima de 1.500 euros mensuales.
En esta modalidad, las ayudas se distribuyen en tres tramos en función del importe del alquiler. Para rentas inferiores a 850 euros mensuales, la subvención será de 100 euros al mes, equivalentes a 1.200 euros anuales. En el caso de alquileres desde 850 euros y por debajo de 1.200 euros, la aportación ascenderá a 200 euros mensuales, hasta 2.400 euros al año. Por último, para contratos con rentas desde 1.200 y hasta 1.500 euros, la ayuda alcanzará los 300 euros mensuales, con un máximo de 3.600 euros anuales.
La segunda línea está dirigida a personas que formalicen nuevos contratos de alquiler con posterioridad a la fecha que establezca cada convocatoria, manteniéndose los requisitos relativos a vivienda habitual, alquiler de larga duración y renta máxima de 1.500 euros mensuales.
En este supuesto, la subvención será equivalente a dos mensualidades de alquiler, cantidad que se ampliará a tres mensualidades cuando la persona arrendataria tenga 35 años o menos. Para ambas líneas se establecen límites de ingresos vinculados al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), en función del número de integrantes de la unidad de convivencia y de las circunstancias específicas contempladas en las bases.
Por su parte, la tercera línea de subvenciones está destinada a propietarios o usufructuarios de viviendas situadas en Benalmádena que las incorporen al mercado del alquiler residencial habitual. Los contratos deberán tener una duración mínima de un año, ser prorrogables a instancia del arrendatario hasta cinco años y establecer una renta que no supere los 18.000 euros anuales.
En estos casos, la ayuda cubrirá el importe de la prima anual de un seguro de impago del alquiler contratado por un periodo mínimo de 12 meses, que deberá incluir cobertura de rentas, defensa jurídica y actos vandálicos.
Las bases también contemplan la compatibilidad de estas subvenciones con otras ayudas públicas o privadas destinadas al pago del alquiler, siempre que la suma de las aportaciones no supere el coste correspondiente al periodo subvencionado.
El procedimiento de concesión se realizará mediante concurrencia no competitiva, por orden de fecha y hora de registro de las solicitudes y condicionado a la disponibilidad presupuestaria de cada convocatoria.
Una vez publicada la correspondiente convocatoria, el plazo para presentar solicitudes será de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la última publicación del extracto de la convocatoria en los canales establecidos.



















