Amplían el plazo de solicitud de las Ayudas Municipales al Alquiler y los Intereses de Hipoteca hasta el 31 de enero
Delegación de vivienda

Amplían el plazo de solicitud de las Ayudas Municipales al Alquiler y los Intereses de Hipoteca hasta el 31 de enero

La Concejalía de Vivienda y Rescate Ciudadano ha informado de que el plazo para solicitar ayudas al alquiler o intereses hipotecarios continuará abierto hasta el día 31 de enero. Las solicitudes se podrán recoger en la Oficina de Rescate Ciudadano, de lunes a jueves, de 10:00 a 12:00, para después ser presentadas por registro de entrada, tanto en el Ayuntamiento como en la sede de Bienestar Social o la Casa de la Cultura. También están disponibles en el Portal de Transparencia, en el apartado Convocatorias, dentro de Becas y Subvenciones.

“La gran novedad este año es que las ayudas se han ampliado para incluir también los intereses de hipotecas de viviendas a personas con ingresos limitados y riesgo de exclusión social”, ha recordado concejal de Vivienda y Rescate Ciudadano, Enrique García.

“Desde la Concejalía de Vivienda y Rescate Ciudadano estamos trabajando en un Plan de Vivienda y Suelo en el que, a través del diálogo con las empresas comerciales del sector inmobiliario, hemos detectado que en el último año se ha producido un incremento de 100 euros mensuales en el alquiler de viviendas, mientras que el precio de una vivienda media ha pasado de 120.000 a 180.000 euros”, ha explicado el concejal.

“Con estas ayudas pretendemos contribuir a paliar estos incrementos de los precios en el mercado inmobiliario para aquellas familias en riesgo de exclusión social”, ha explicado el concejal de Vivienda y Rescate Ciudadano, Enrique García.

El edil ha señalado que las subvenciones cubrirán hasta el 50% de las cuotas mensuales durante un periodo de 12 meses.

Entre los principales requisitos que deberán cumplir los beneficiarios se encuentran tener residencia legal en España, estar empadronados y residir de forma efectiva en el municipio por un periodo mínimo de 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud, estar empadronados en el domicilio para el que se solicita la ayuda al menos en los tres meses previos a la solicitud, que los ingresos de la unidad de convivencia no superen la Cuantía del Límite de Ingresos de la Unidad de Convivencia, estar al corriente de las deudas tributarias, tener justificadas las ayudas sociales y no tener relación de parentesco en primero o segundo grado con la persona arrendadora de la vivienda.