LA CONCEJALA ALICIA LADDAGA ANUNCIA LA APERTURA DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL PAGO DE ALQUILER PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD
Delegación de bienestar social y familiar

LA CONCEJALA ALICIA LADDAGA ANUNCIA LA APERTURA DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL PAGO DE ALQUILER PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD

La concejala de Bienestar Social, Alicia Laddaga, ha anunciado hoy la apertura de la convocatoria para solicitar ayudas para atender el pago del alquiler de la vivienda habitual. “Estas ayudas están destinadas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, siempre que la arrendadora no sea administración pública, empresa pública o entidad sin ánimo de lucro”, ha detallado la edil.

La referida ayuda incluye los siguientes conceptos: pago total o parcial del alquiler de la vivienda habitual, incluyendo los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos asociados a la misma.

El importe de la subvención asciende a un máximo 500 euros al mes en concepto de renta, y 200 euros al mes en concepto de sin superar los 6.000 euros anuales.6.000 euros anuales.

La subvención se solicita a través del Ayuntamiento, y para su tramitación se deberá solicitar cita telefónica a través del número 618 679 735, previa autorización por la persona solicitante.

Los requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención son los siguientes:

a) Acreditación, mediante informe emitido por los servicios sociales comunitarios conforme al modelo establecido en el formulario anexo I, de que la persona interesada se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias específicas:
- Ser víctima de violencia de género.
- Haber sido objeto de desahucio judicial de su vivienda habitual y lanzamiento de la misma.
- Otras circunstancias de vulnerabilidad, que impidan hacer frente al pago del alquiler de la vivienda habitual.


b) Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, de conformidad con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, o tener atribuido este derecho por resolución judicial o convenio regulador ratificado.

c) Que la suma de ingresos brutos de la persona solicitante y los de las personas que convivan con ella, no superen el importe de 4.033,80 euros en los tres últimos meses.

d) En caso de personas solicitantes de origen extracomunitario, deberán tener regularizada su situación de residencia en el territorio nacional.

e) Destinar la vivienda cuyo alquiler se subvenciona a residencia habitual y permanente.

f) No podrá ser beneficiaria la persona arrendataria cuando ella o cualquiera de las personas que componen la unidad de convivencia sea propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España.

El plazo de solicitudes finaliza el próximo 30 de noviembre.