Procedimientos
Procedimientos
Inscripción y Registro de Animales Potencialmente Peligrosos
Concejalía: Sanidad y consumo
Es una base de datos utilizada para tener localizados a los animales considerados como potencialmente peligrosos. Legalmente es obligatorio que todo dueño de este tipo de animal lo registre.
Se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, siendo utilizados como animales domésticos, de compañía o de vigilancia, con independencia de su agresividad o de la especie o raza a la que pertenezcan, se encuentren al menos en alguno de los supuestos siguientes:
-Animales que por sus características tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
-Animales con antecedentes de agresiones o violencia con personas u otros animales.
-Animales adiestrados en la defensa o ataque.
-Los perros pertenecientes a una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
En particular se consideran incluidos en esta categoría, los perros que, siendo de raza pura o nacidos de cruces interraciales entre cualquiera de éstos y con cualquiera de otros perros, pertenezcan a alguna de las siguientes razas:
(Pit Bull Terrier, Staffordshire Terrier, American Staffdhire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tasa Inu, Akita Inu).
PROCEDIMIENTO:
-DNI o Pasaporte de dueño del animal.
-Certificado Penal (Unidad Territorial de Justicia. C/. Muelle de Heredia . Málaga).
-Certificado de reconocimiento médico.
-Seguro de Responsabilidad Civil que cubra un mínimo de 120.000 €, en el que se especifique que tiene este tipo de animal.
-Cartilla Sanitaria del Animal en regla.
OBSERVACIONES:
Es obligatorio poner el chip de identificación a este tipo de animales.
Para más información ponerse en contacto con el personal de la Delegación de Sanidad.
Puede consultar la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia de Animales en nuestra web. www.benalmadena.com
Existe un Refugio de animales cuyo Telf. es: 608 658 977
La vacunación del animal es una obligación del dueño, ésta debe realizarse en el veterinario.
Del fallecimiento del animal que tenga el chip de identificación, se encargará el veterinario, que dará de baja al mismo en el Registro.
Es una base de datos utilizada para tener localizados a los animales considerados como potencialmente peligrosos. Legalmente es obligatorio que todo dueño de este tipo de animal lo registre.
Se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, siendo utilizados como animales domésticos, de compañía o de vigilancia, con independencia de su agresividad o de la especie o raza a la que pertenezcan, se encuentren al menos en alguno de los supuestos siguientes:
-Animales que por sus características tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
-Animales con antecedentes de agresiones o violencia con personas u otros animales.
-Animales adiestrados en la defensa o ataque.
-Los perros pertenecientes a una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
En particular se consideran incluidos en esta categoría, los perros que, siendo de raza pura o nacidos de cruces interraciales entre cualquiera de éstos y con cualquiera de otros perros, pertenezcan a alguna de las siguientes razas:
(Pit Bull Terrier, Staffordshire Terrier, American Staffdhire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tasa Inu, Akita Inu).
PROCEDIMIENTO:
-DNI o Pasaporte de dueño del animal.
-Certificado Penal (Unidad Territorial de Justicia. C/. Muelle de Heredia . Málaga).
-Certificado de reconocimiento médico.
-Seguro de Responsabilidad Civil que cubra un mínimo de 120.000 €, en el que se especifique que tiene este tipo de animal.
-Cartilla Sanitaria del Animal en regla.
OBSERVACIONES:
Es obligatorio poner el chip de identificación a este tipo de animales.
Para más información ponerse en contacto con el personal de la Delegación de Sanidad.
Puede consultar la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia de Animales en nuestra web. www.benalmadena.com
Existe un Refugio de animales cuyo Telf. es: 608 658 977
La vacunación del animal es una obligación del dueño, ésta debe realizarse en el veterinario.
Del fallecimiento del animal que tenga el chip de identificación, se encargará el veterinario, que dará de baja al mismo en el Registro.
| Dependencias donde se puede tramitar el procedimiento o servicio |
Gestion Medio Ambiental y Sanidad |



